Política contra la corrupción, y las prácticas contrarias a la competencia

Transportes Paz Ciria S.L. reconoce la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado, y la garantía y protección de la misma por los poderes públicos. La existencia de una competencia efectiva entre las empresas constituye uno de los elementos definitorios para la economía de mercado. El fraude, la corrupción, y las prácticas contrarias a la competencia frenan el desarrollo económico de las empresas y del país, yendo en contra de la justicia social y el Estado de Derecho. 

TPC se posiciona en contra de las conductas colusorias, el abuso de posición dominante y el falseamiento de la libre competencia por actos desleales. Así cumpliendo con los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia. 

FINALIDAD

La finalidad de esta Política, es dar a entender a los empleados y colaboradores de TPC la oposición rotunda contra estos tipos de praxis. La organización espera que los profesionales de su entorno entiendan la importancia de combatir contra las actividades fraudulentas, y muestren voluntad de contribuir siempre que sean testigos de un suceso de este tipo. 

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Transportes Paz Ciria S.L. aplica las creencias en contra de la corrupción, el soborno, o las prácticas anticompetitivas tanto dentro de su organización, como fuera. Estas creencias se extienden también a sus clientes, y proveedores de los cuales se espera el mismo compromiso. 

PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN

Transportes Paz Ciria S.L. no permite, tolera o se involucra en ningún tipo de corrupción (sobornos, aceptación de regalos, etc.…), y se posiciona totalmente en contra de las prácticas contrarias a la competencia, en el desempeño de su actividad empresarial. 

  • La empresa ofrece canales seguros de comunicación para expresar cualquier tipo de preocupación, o denuncia de irregularidades que se puedan haber presenciado. 
  • TPC trabaja bajo la premisa de “tolerancia cero” respecto a las prácticas previamente mencionadas.
  • Para minimizar el riesgo se realizan auditorias internas siempre que haga falta, y se establece el principio de múltiples ojos en la realización de las diferentes operaciones, especialmente las sensibles.
  • En caso de que un empleado sea cómplice de una mala praxis no aceptada por la organización, será aplicado el régimen disciplinario de la empresa. El empleado tendrá la oportunidad de reclamar ante el uso de este. En caso de ser un colaborador externo, la relación empresarial con él será anulada.
  • Los empleados, y colaboradores de la empresa son formados en la materia de esta Política, y del código ético empresarial para que sean conocedores de ellos.
  • TPC no adoptará ninguna forma de represalia, directa o indirecta, contra la persona que comunique a través de los canales proporcionados por la empresa, cualquier tipo de conducta o irregularidad que se hubiera podido producir.
  • La organización evaluará los riesgos que pueden existir, y estudiará la mejor forma de mitigarlos, especialmente cuando implique la relación con terceros, o sean operaciones sensibles.

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